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Si tu seguro alega                                                                                                        no cobertura                                                                                                        ,                                                                                                                          es posible ,                                                                               GANAR EL ASUNTO                                                                            ANTE LOS TRIBUNALES,                                                                               AUN CUANDO LA PÓLIZA CONTENGA COMO CAUSA DE EXCLUSIÓN                                                                            lo acontecido.                                                                                                                                                                                                                                                             Esto es así en aplicación de una Jurisprudencia que establece que                                                                                                                                   las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados,                                                                                                                                                                                                  para que sean operativas deben ser destacadas                                                                                                                en el contrato y firmadas aparte.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                     Sin embargo las compañías de Seguros habitualmente no lo hacen                                                                               , porque si resaltan lo que no cubre el seguro, en el momento de la comercialización,  se frustraría la contratación.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           Y lo cierto en que es frecuente que el asegurado de por buena la negativa a la asunción del riesgo al ver la causa de exclusión alegada por su seguro reflejada en la póliza.                                                                                                                                                                                                                                     Si se encuentra en ésta situación                                                                                                     SOLICITE UNA CONSULTA                                                                                                , PARA QUE PROCEDAMOS A EXAMINAR SU PÓLIZA, ya que                                                                                                     PODRÍA ESTAR PERDIENDO IMPORTANTES CANTIDADES DE DINERO                                                                                                .                                                                                                                                                                                                                                     A título ilustrativo la sentencia a la que hacemos mención fue una de las muchas que hemos obtenido en éste sentido, y dictada en                                                                         asunto defendido por nuestra Letrada María de las Mercedes de la Puente Formoso                                                                      , conducía en este caso bajo los efectos del alcohol cuando falleció en accidente, siendo causa de exclusión Mafpre negaba el abono de la póliza, pero finalmente el Juzgado le condenó a abonar 90.000 € a la familia de la victima.
 

La demanda fue interpuesta por la hija única de la fallecida, defendida por la Letrada que suscribe el presente artículo, tras fallecer su madre a consecuencia de un cáncer que fue diagnosticado en estadio cuatro aún cuando había acudido a diversas consultas médicas durante el año anterior al fallecimiento.                                                  Finalmente fue estimada nuestra reclamación por entender que había existido una pérdida de oportunidad de sobrevivir al existir una demora en el diagnóstico y en consecuencia en el tratamiento.                                     En los primeros análisis de sangre realizados se reveló anemia, constando en el historial desde un principio como " síndrome anemico asociado a enfermedad crónica", sin embargo durante meses el único tratamiento recibido fue hierro, que hizo que disminuyera la anemia, pero no se realizaron las pruebas pertinentes para indagar cual era la enfermedad crónica que ocasionaba la anemia. Pues se trataba de un síntoma, dictándose sentencia condenando a indemnizar al Sergas a la hija de la fallecida en la cuantía de 100.000 €.                                                                                                                                                                                                                                                                                                 SI HA SIDO                                                           VICTIMA DE UNA NEGLIGENCIA MÉDICA                                                                          O DEL                                                               FUNCIONAMIENTO ANORMAL DE LA SANIDAD PÚBLICA O PRIVADA                                                 ,                                                 NO DUDE EN CONTACTAR CON NOSOTROS.                                                                                                                                                                                                                                     NO SÓLO SE TRATA DE SOLICITAR SU REPARACIÓN o INDEMNIZACIÓN, sino de mejorar entre todos nuestro sistema sanitario para que los ERRORES O NEGLIGENCIAS DISMINUYAN
 
Claramente el éxito no depende de la suerte sino de otros                                                             factores:                                                                                                                                                                               .-                                                                el tiempo y esmero dedicado a su asunto                                                                                             .-                                                           la especialización y conocimientos de quien defienda sus intereses                                                                                                                .-                                                                     la INDEPENDENCIA e                                                                inexistencia de intereses contrapuestos                                                                                                                                                                                                 .-                                                                                                 la capacidad de lucha por hacer valer sus derechos y positivismo                                                                                                .-                                                                         la tenacidad e insistencia en solventar el asunto con sólidos fundamentos legales y jurisprudenciales.                                                                                                            ESTOS SON LOS FACTORES QUE DETERMINAN UN BUEN RESULTADO,  sin duda                         TODOS apuntan LAS CUALIDADES DEL ABOGADO                        QUE LE REPRESENTE, tanto personales como profesionales.                                                                                                                         No se deje asesorar por cualquiera, la conclusión es que                                                                  LA ELECCIÓN DEL ABOGADO ES DECISIVA EN EL RESULTADO.                                                                                                                             Ante un accidente es habitual que las compañías aseguradoras se apresuren a llamarles y a designarles Abogado e incluso ofrecerles servicios médicos, tienen sus motivos, son abogados y profesionales pagados por la propia compañía, trabajan en serie y bajo sus ordenes y                                       los intereses no son necesariamente los de Vd.                                     , muchas veces vemos altas médicas precipitadas y acuerdos forzados.                                                                 MI CONSEJO mi consejo tras 26 años de ejercicio en ésta rama, es que ES FUNDAMENTAL QUE                         ELIJAN UN PROFESIONAL INDEPENDIENTE                                                                                                                                                                                                                                                                                          Muchas                                            PÓLIZAS DE SEGUROS                                           permiten designar un                                           Abogado a elegido por Vd.                                           ,                                           cuyo coste paga LA COMPAÑÍA                                           habitualmente.                                                                                                                                                                                                                                      Debe SIEMPRE CONSULTAR SUS PÓLIZAS,                               ya que la propia compañía les reconduce a los suyos.                                                                                                                   CONSÚLTENOS asesoramos en toda España, solicite consulta "on line"(por skype o videoconferencia), telefónica o presencial ,                                                       negociamos por Vd. y defendemos sus intereses.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          Solicitud de consulta:
 
 
  
  
 